SEÑALIZACIÓN EN SALUD OCUPACIONAL
SEÑALIZACIÓN: La señalización es el conjunto de
medios que se utiliza para mostrar o resaltar una indicación, una obligación,
una prohibición, etc. Esto se puede realizar mediante una señal en forma de
panel, un color, una señal luminosa o acústica, una comunicación verbal o una
señal gestual, según proceda.
En este caso, de lo que se trata es de
que los trabajadores puedan ver y recordar en los lugares, en los equipos o, en
general, en los puestos de trabajo que es obligatorio el uso de un determinado
equipo de protección o que hay riesgo de caída, que está prohibido encender
fuego, etc.
Por otro lado, para que no haya
confusiones, es necesario que las señales o los medios que se usen para
señalizar estén regulados por una norma, para que en todas partes se utilicen
los mismos.
Una señal que prohíbe un comportamiento susceptible
de provocar un peligro
Señales
de Advertencia
Una señal que prohíbe un comportamiento susceptible
de provocar un peligro
Una señal que advierte de un riesgo o peligro.
Forma
triangular, pictograma negro sobre fondo amarillo (el amarillo deberá cubrir
como mínimo el 50 por 100 de la superficie de la señal), bordes negros.
Como
excepción, el fondo de la señal sobre «materias nocivas o irritantes» será de
color naranja, en lugar de amarillo, para evitar confusiones con otras señales
similares utilizadas para la regulación del tráfico por carretera.
Ejemplo:
SEÑALES DE PROHIBIÓN
• Características
distintivas: Pictograma negro
sobre fondo blanco, bordes y banda (transversal descendente de izquierda a
derecha atravesando el pictograma a 45° respecto a la horizontal
• Material para Etiqueta: Etiquetas de vinilo calandrado flexible, 83 µm, libre de cadmio, adhesivo acrílico
• Temperatura de operación: -20° a +80°C
• Impresión: digita
• Material para Etiqueta: Etiquetas de vinilo calandrado flexible, 83 µm, libre de cadmio, adhesivo acrílico
• Temperatura de operación: -20° a +80°C
• Impresión: digita
Ejemplo
SEÑALES DE OBLIGACIÓN
SEÑAL DE OBLIGACION.-
Señal que obliga a un comportamiento determinado
EJEMPLO.
Señalización de las instalaciones manuales de
protección contra incendios. CTE y Normas UNE
1- Los medios de protección contra incendios de utilización manual
(extintores, bocas de incendio, hidrantes exteriores, pulsadores manuales de
alarma y dispositivos de disparo de sistemas de extinción) se deben señalizar mediante
señales definidas en la norma UNE 23033-1 cuyo tamaño sea:
210
x 210 mm cuando la distancia de observación de la señal no exceda de 10 m;
420
x 420 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 10 y 20 m;
594
x 594 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 20 y 30 m.
2.- Las señales deben ser visibles incluso en caso de fallo en el
suministro al alumbrado normal. Cuando sean foto luminiscentes deben cumplir lo
establecido en las normas UNE 23035-1:2003, UNE 23035-2:2003 y UNE 23035-4:2003
y su mantenimiento se realizará conforme a lo establecido en la norma UNE
23035-3:2003.
Productos de
categoría A: tendrán alta luminiscencia y se emplearán
preferentemente para señales de lugares de concentración pública o con
iluminación exclusivamente artificial: Grandes almacenes; Centros oficiales;
Auditorios, Estaciones, Hospitales…
Productos de
categoría B: tendrán menor fotoluminiscencia que los A y se podrán emplear
para el resto de usos: Naves; oficinas.
Señalización
de los medios de evacuación. CTE y Normas UNE
1- Se utilizarán las señales de evacuación
definidas en la norma UNE 23034:1988, conforme a los siguientes criterios:
v
Las salidas de recinto,
planta o edificio tendrán una señal con el rótulo “SALIDA”, excepto en
edificios de uso Residencial Vivienda y, en otros usos, cuando se trate de
salidas de recintos cuya superficie no exceda de 50 m², sean fácilmente
visibles desde todo punto de dichos recintos y los ocupantes estén
familiarizados con el edificio
La señal con el rótulo “Salida de emergencia” debe utilizarse en toda
salida prevista para uso exclusivo en caso de emergencia
v Deben disponerse señales indicativas de
dirección de los recorridos, visibles desde todo origen de evacuación desde el
que no se perciban directamente las salidas o sus señales indicativas y, en
particular, frente a toda salida de un recinto con ocupación mayor que 100
personas que acceda lateralmente a un pasillo.
v En los puntos de los recorridos de evacuación en
los que existan alternativas que puedan inducir a error, también se dispondrán
las señales antes citadas, de forma que quede claramente indicada la
alternativa correcta. Tal es el caso de determinados cruces o bifurcaciones de
pasillos, así como de aquellas escaleras que, en la planta de salida del
edificio, continúen su trazado hacia plantas más bajas, etc.
v En dichos recorridos, junto a las puertas que no
sean salida y que puedan inducir a error en la evacuación debe disponerse la
señal con el rótulo “Sin salida” en lugar fácilmente visible pero en ningún caso
sobre las hojas de las puertas.
v Las señales se dispondrán de forma coherente con
la asignación de ocupantes que se pretenda hacer a cada salida, conforme a lo
establecido en el capítulo 4 de esta Sección.
v Los itinerarios accesibles (ver definición en el
Anejo A del DB SUA) para personas con discapacidad que conduzcan a una zona de
refugio, a un sector de incendio alternativo previsto para la evacuación de
personas con discapacidad, o a una salida del edificio accesible se señalizarán
mediante las señales establecidas en los párrafos anteriores a), b), c) y d)
acompañadas del SIA (Símbolo Internacional de Accesibilidad para la movilidad).
Cuando dichos itinerarios accesibles conduzcan a una zona de refugio o a un
sector de incendio alternativo previsto para la evacuación de personas con
discapacidad, irán además acompañadas del rótulo “ZONA DE REFUGIO”.
v La superficie de las zonas de refugio se
señalizará mediante diferente color en el pavimento y el rótulo “ZONA DE
REFUGIO” acompañado del SIA colocado en una pared adyacente a la zona.
v 2.- Las señales deben ser visibles incluso en caso de fallo en
el suministro al alumbrado normal. Cuando sean fotoluminiscentes deben cumplir
lo establecido en las normas UNE 23035-1:2003, UNE 23035-2:2003 y UNE
23035-4:2003 y su mantenimiento se realizará conforme a lo establecido en la
norma UNE 23035-3:2003. LUMINANCIA SEÑALES FOTOLUMINISCENTES UNE 23035-4 2003
(CTE)
v Productos de categoría A: tendrán alta luminiscencia y se emplearán
preferentemente para señales de lugares de concentración pública o con
iluminación exclusivamente artificial: Grandes almacenes; Centros oficiales;
Auditorios, Estaciones, Hospitales…
v Productos de categoría B: tendrán menor fotoluminiscencia que los A y se
podrán emplear para el resto de usos: Naves; oficinas…
Señalización de seguridad y salud
en el trabajo:
Una señalización que, referida a un objeto,
actividad o situación determinadas, proporcione una indicación o una obligación
relativa a la seguridad o la salud en el trabajo mediante una señal en forma de
panel, un color, una señal luminosa o acústica, una comunicación verbal o una
señal gestual, según proceda.
Color:
Los colores de las placas de señalización de
seguridad han sido realizados de acuerdo al anexo II del RD 485/1997 sobre
colores de seguridad.
Formas
y tamaños:
Las placas de señalización han sido realizadas
tal y como se definen en el anexo III del RD 485/1997, tanto en sus
características intrínsecas, como en el tipo de señal.
El tamaño de la placa se ha desarrollado para
que sea visible a:
- 9 metros de distancia en su
tamaño A4
- 19 metros de distancia en su
tamaño A3
Almacenaje y
conservación: 10%."La temperatura óptima de almacenaje estará entre
15ºC y 25ºC, y con una humedad del
Uso de las
placas de señalización:
- No serán consideradas como medidas sustitutorias de las
medidas técnicas y organizativas de prevención o protección.
- Para llamar la atención de los trabajadores sobre la
existencia de determinados riesgos, prohibiciones u obligaciones.
- Para alertar a los trabajadores cuando se produzca una
determinada situación de emergencia que requiera medidas urgentes de
protección o evacuación.
- Para facilitar a los trabajadores la localización e
identificación de determinados medios o instalaciones de protección,
evacuación, emergencia o primeros auxilios.









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